Por Henry Tovar 11-09-2018
Una fecha casi ignorada por los
venezolanos es el 8 de septiembre de 1777, en cuyo día se creó la Capitanía
General Venezuela, con la cual se refrendó el territorio correspondiente a esta
nación. Antes de esta fecha, la provincia de Venezuela (1528) comenzaba en el
Cabo de la Vela, lugar próximo al Golfo de Venezuela, cuyo espacio dio origen a
su nombre, la pequeña Venecia. Su término el morro de Macarapana (morro de
Barcelona).
La entrega de la Provincia de
Trinidad
Con la creación de la Capitanía General de
Venezuela, por Real Cédula de Carlos III, se le agregan al a Provincia de
Venezuela (creada el 27 de marzo de 1528), la Provincia de Trinidad (1532); la Provincia
de Nueva Andalucía (1536) y Paria (1568), las cuales corresponden a la
Provincia de Cumaná; Provincia de Margarita (1525), Provincia de Guayana (1530)
y la Provincia de Maracaibo (1570). Mediante este acto administrativo del
gobierno español, aumenta el espacio territorial de Venezuela. En 1797 la
provincia de Trinidad es ocupada por fuerzas inglesas. En 1802 esta
provincia es cedida al gobierno británico, mediante cláusula secreta del
Tratado de Paz de Amiens, en el contexto de la ocupación de España por fuerzas
de Napoleón Bonaparte. Esta constituyó la primera mutilación, de la frontera
oriental del actual territorio venezolano.
La usurpación del Territorio
Esequibo
En 1822, a poco de la batalla de Bomboná,
el Libertador, dicta instrucciones al
Secretario de Relaciones Exteriores de la República de Colombia para que se
tramite la fijación de la línea divisoria con la Guyana Holandesa, conforme a
los tratados existentes entre España y Holanda, por el conocimiento de que “colonos
de Demerara y Berbice, tienen usurpada una gran porción de tierras que según
ellos, nos pertenecen, al lado del rio Esequibo”, el cual era la
frontera entre la recién creada
República de Colombia y Holanda. Entre el año inicialmente señalado y 1830
Venezuela está gestando la re-configuración del estado nacional. Existe poco
espacio para otra cosa que no sea la consolidación de la independencia.
Demerara, Berbice y el Esequibo eran tres
provincias creadas por Holanda en 1616. Luego de una rebelión en 1796,
aproximadamente la mitad de la Guyana Holandesa es arrebatada a Holanda por los
ingleses, la cual es cedida al Reino Unido, mediante el Tratado Anglo Holandés
de 1814. En 1831 se consolida la existencia de una colonia denominada Guyana
Británica, cuyo límite occidental es el Rio Esequibo. Los colonos holandeses de
Demerara, y Berbice sabían que los territorios arrebatados a Holanda tenían
como frontera al Rio Esequibo. En
términos formales Inglaterra reconocía esa frontera. Así lo declararon al
Gobierno Británico los Ministros Plenipotenciarios Zea y Hurtado en 1821 y
1824, sin que Gran Bretaña presentara objeción alguna” (1965:6).
En 1835, por patrocinio de la Royal
Geografhical Society de Londres y del Colonial Office, Robert Schomburgk,
presentó a Gran Bretaña, un mapa aproximadamente coincidente con la frontera
reconocida al Gobierno Colombia, del cual formaba el Departamento de Venezuela.
No obstante, esta línea denominada Schomburgk, le daba a Guyana 4.920 kms al
Oeste del Esequibo. Entre 1840 y 1846 al alemán produce nuevos trazos que
cercenan 141,930 kms al Oeste del Esequibo. Una tercera línea de 1887, suma
167,830 kms al Oeste del Esequibo. Entre 1887 y 1897, la máxima aspiración
británica llega hasta 203.310 kms cuadrados al Oeste del Esequibo. Estos trazos
se producen sin conocimiento del gobierno de Venezuela, hasta cuando en 1841, “los
tripulantes del buque venezolano “Restaurador”, divisan en Punta Playaso,
cercas de las Bocas del Caño Amacuro y Punta Barima, la bandera inglesa
arbolada sobre una garita” (1981:16). Meses antes, el Gobierno venezolano
había propuesto la firma de un tratado de límites. Habían pasado once años de
la separación del departamento de Venezuela de
Colombia, la grande, y diez años de la creación de Guyana Británica
(1830 y 1831, respectivamente). En 1841 comienza el tortuoso proceso de exigir
al gobierno inglés la remoción de marcas re-configuradoras de una nueva
frontera y la exigencia de un tratado de límites. En esta misma fecha el diario
el venezolano en su edición del 13 de septiembre, denuncia “el abandono de
nuestras fronteras y la destrucción festinada de nuestras fortalezas” ...“a
Cagigal lo han enviado a un honorifico ostracismo en vez de comisionarlo para
levantar el plano de Guayana” (Ídem:1981:16)
En este punto se debe señalar que, el
territorio Esequibo es un territorio de colinas y selvas, con una llanura, por
debajo del nivel del mar, en su parte litoral. La parte plana es un territorio
pantanoso, protegido por diques lo cual explica, en primer término, las
dificultades para poblarlo y tener asentamientos estables. El deseo original de
Inglaterra, por este territorio, estuvo promovido por el interés de compañías
auríferas para la explotación de sus recursos. Se debe recordar que, durante el
siglo XIX, buena parte del territorio nacional venezolano estaba desconectado y
buena parte, actualmente sigue escasamente poblada, como es el caso del estado
Amazonas y Delta Amacuro.
Otro de los dramas de Venezuela, dignas de
mencionar, es la inestabilidad política, generada antes y luego de la creación
de la República de 1830. Venezuela se mantuvo en guerras desde el mismo momento
del nacimiento de la república del 1830 hasta 1908, trecho durante los cuales
los países vecinos fueron avanzado oficiosamente en sus aspiraciones territoriales.
La república creada por el general Páez estuvo carente de recursos y por tanto
incapaz, para enfrentar, situaciones de ocupación, por medios distintos de los
reclamos o la negociación.
Como hito, parcialmente conclusivo, del
largo proceso de reclamos por parte e de Venezuela, ambas naciones acuerdan la
creación de un Tribunal Arbitral. El compromiso de acuerdo fue suscrito el dos
de febrero de 1897, para finiquitar el litigio, mediante un tratado. Por
Venezuela lo suscribe José Andrade, Enviado Extraordinario y Ministro
Plenipotenciario de los Estados Unidos de Venezuela, y por el Reino Unido Sir
Julián Pauncefote, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de sus Majestad
en los Estados Unidos. En el compromiso
de acuerdo se señala:
a) Una posición adversa a prescripción,
por el término de cincuenta años, no constituirá un buen título. Los árbitros
podrán estimar que la dominación política exclusiva de un Distrito, así como la
efectiva colonización de él son suficientes para construir una posición adversa
o crear título de prescripción.
b) Los árbitros podrán reconocer y hacer
efectivo derechos y reivindicaciones que se apoyen en cualquier otro fundamento
válido conforme al derecho internacional, y en cualesquiera principios de
derecho internacional que los árbitros estimen aplicables al caso y que no
contravengan la regla precedente.
Venezuela estuvo representada por cuatro
árbitros norteamericanos, quienes junto con cinco árbitros británicos
sesionaron en el Tribunal asentado para su funcionamiento en París. Contrario a
lo pautado, el tribunal se constituyó como ámbito para la representación de
intereses y no para el arbitrio, lo cual motivo reclamos, por parte de los
norteamericanos.
El día tres de octubre de 1899 el tribunal
de arbitraje dictó una sentencia breve y carente de fundada motivación, con la
cual describía los límites que debían ser reconocidos, sin apelar a ningún tipo
fundamento, ni siquiera de tipo jurídico. El laudo fue considerado una burla de
los principios internacionales del derecho y de los acuerdos precedentes,
motivadores de la formación del tribunal. Al parecer los árbitros excedieron
sus facultades, para cercenar 159.142 kms2 (el 95%) del territorio reclamado
por Venezuela. Los árbitros norteamericanos, al parecer, convalidan el
despropósito para evitar la confiscación del Río Orinoco. El despropósito y la
componenda fue de tal descaro, que uno de los árbitros ingleses, de visita en
Nueva York, confiesa la patraña a Mallet Prevost, uno de Abogados Consejeros de
Venezuela, declarando su rabia y su amargura, no por el despojo contra
Venezuela, sino por el descrédito general de los procedimientos de
arbitraje. (1965:76)
Carece de sentido hablar de lo hecho o dé
aquello que se debió hacer. Lo dispuesto parece obra de las circunstancias
políticas y de las debilidades de Venezuela, frente a una nación antigua y
poderosa. Aunque al parecer, ajustadas al derecho, parece particularmente
ingenuo la acogida de esos literales por parte de Venezuela. El punto de
partida de las reglas acordadas en el compromiso de acuerdo, era totalmente
adverso para el reclamante y favorable para los ingleses, en tanto que
Venezuela permaneció ausente de esos territorios y no hizo esfuerzos
eficientes, sino de poblamiento, por lo menos de ocupación. Es observable que
esos literales estuvieron concebidos para legitimar una ocupación de hecho. Es
observable que allí no se fue a analizar y a decidir la legitimidad y justicia
de los reclamos, sino a la convalidación de un despojo.
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